Propuesta de Reformas Legales
 
 
 

 

 
 



PROBLEMA

En el Ecuador se abusa de la prisión, cualquier policía puede detener a una persona, sin formula de juicio u orden de autoridad competente. Las prisiones policiales funcionan sin base legal alguna. De la misma manera los Fiscales solicitan la prisión de una persona para fines de investigación, o cuando inician la instrucción previa, de tal manera que tienen en prisión a personas que están siendo investigadas. El resultado de esto es mas de seis mil detenidos sin sentencia.

Criterios caducos han prevalecido para legislar nuestros códigos, por lo que cuando se llama a una persona juicio, o se ordena un juzgamiento, inmediatamente se ordena su prisión para evitar que huya, y por eso tenemos presos por seis meses, un año, hasta que sean juzgados, es decir presos sin sentencia, solo mientras dure el juzgamiento.

 

QUE PROPONEMOS COMO SOLUCIÓN

•  Un proceso de “administración de la justicia, para que los pequeños delincuentes sean juzgados por jueces contravencionales, y tengan una sentencia inmediata (máximo en una semana); que los delitos penados con prisión (hasta 5 años) sean juzgados por un Juez Penal; y, que los delitos con reclusión (de mas de 5 años), sean juzgados por un Tribunal Penal.

•  Que la prisión solo pueda ordenarse para casos de delitos flagrantes, o cuando una persona no ha comparecido a juicio, bajo el concepto de que la presunción de inocencia, permitirá a una persona defenderse adecuadamente en un juicio, ya que detenerlo impide su derecho a la defensa.

•  Establecer penas alternativas, para las personas que por primera vez han cometido pequeñas infracciones y delitos penados con prisión, para que su pena lo paguen trabajando para la sociedad, con trabajos comunitarios. No todas las personas tienen que pagar sus culpas en las cárceles.

•  Establecer tres clases de centros penitenciarios, de baja, mediana y alta seguridad. Los centros penitenciarios de baja y mediana seguridad, deben ser centros de producción, talleres de trabajo, bajo el concepto de que el trabajo rehabilita a una persona. El concepto es que el Estado no tiene que mantener a un detenido, sino que el mismo debe trabajar por su manutención, y para que haga un ahorro para cuando salga de prisión pueda establecer un negocio.

•  Encargar la “administración de las cárceles.” a los Municipios, bajo el concepto de que 219 municipios, trabajaran en forma mas eficiente que una dirección nacional de prisiones politizada, y para que los municipios manejen los “comités evaluatorios de los prisioneros para establecer las rebajas”, ya que es un absurdo que a un detenido se le otorgue una rebaja de ley (2x1), sin previa evaluación de un siquiatra, sicólogo, abogado, visitador social, y un representante de la ciudadanía, para que las rebajas solo se otorguen a las personas que se han re habilitado.

Área Legal







Rescatemos a la Franciscana ciudad de Quito.